1943: Se celebró en el Parque Sixto Escobar en San Juan, Puerto Rico el primer Congreso Pro Independencia (CPI). Ochenta y cinco delegaciones compuesta cada una por dieciocho delegados representantes de todos los municipios de P.R. y trescientos tres delegados por acumulación constituyeron este primer CPI. Según la prensa, asistieron entre quince a veinte mil personas de todos los pueblos y campos de P.R.. Destacados independentistas de la época, entre ellos; Dr. Juan Augusto Perea, Lcdo. Rafael Soltero Peralta, Lcdo. Juan Sáez Corales, Lcdo. Rafael Arjona Siaca y el Lcdo. Vicente Géigel Polanco, pronunciaron discursos de aliento independentista. En este congreso, presidido por el doctor en Ciencias Políticas, Dr. Juan Augusto Perea, se estableció una proclama que lee de la siguiente manera:
“El Congreso Pro Independencia de Puerto Rico, integrado por delegaciones procedentes de todos los municipios del país, declara que es el derecho y la voluntad del pueblo de Puerto Rico constituirse en pueblo libre y soberano, dentro de una estrecha colaboración política y económica con las demás naciones de América, y en paz y fraternidad con todos los pueblos democráticos del orbe.
En cuatro siglos bajo la égida de España, la Nación Madre, descubridora, misionera y colonizadora del Nuevo Mundo, Puerto Rico logró formar su personalidad de pueblo, dotado de una cultura, una fe, una tradición y una historia. En cuarenta y cinco años de relaciones con los Estados Unidos, Puerto Rico ha mantenido vigorosamente su personalidad y su cultura fortaleciéndose bajo la influencia de las ideas democráticas, y ha enriquecido la nacionalidad en sus aptitudes para el gobierno propio, en sus capacidades administrativas, en sus comprensiones sociales y en sus anhelos de mejoramiento humano.
En este momento trascendental de su vida, Puerto Rico fundamenta su reclamo a la libertad y hace descansar su esperanza y su fe reivindicadora sobre el derecho natural, sobre razones incontrovertibles de justicia y de moral, sobre el concepto bolivariano de la paridad interamericana, sobre el principio de Derecho Internacional Americano de que ninguna nación americana puede tener colonias en América, sobre las garantías de la Carta del Atlántico y de la política de buena voluntad, y en fin, sobre las bases igualitarias de la democracia.
Por el Tratado de París, de 10 de diciembre de 1898, que puso fin a la guerra con España, se depositó en el Congreso de los Estados Unidos la obligación de determinar la condición política del pueblo de Puerto Rico con arreglo a las prácticas democráticas y las instituciones libres de América. El status político definitivo de Puerto Rico no ha sido determinado aún. No se ha reconocido la soberanía de nuestro pueblo, y subsiste en la Isla un régimen de gobierno que no emana de la voluntad del pueblo. Bajo el presente sistema de sujeción política y económica, el pueblo carece de autoridad para afrontar y resolver sus problemas fundamentales.
Puerto Rico anhela constituirse como pueblo bajo una forma democrática de gobierno, preservar su personalidad histórica, desarrollar su cultura, orientar su economía, fomentar su producción, desenvolver la industria, levantar el nivel de vida y de trabajo de sus clases obreras, implantar normas de verdadera justicia social y proveer seguridad y bienestar a todos los ciudadanos. Por eso el pueblo de Puerto Rico, a través de todos sus sectores de opinión hace una categórica repudiación del régimen colonial. Para realizar su destino de pueblo y encauzar con acierto y responsabilidad las aspiraciones colectivas, es inaplazable la organización de Puerto Rico como una República Libre y soberana en el concierto de las naciones del mundo. El disfrute de la propia soberanía es absolutamente necesario para el progresivo desenvolvimiento de la cultura, la economía y el bienestar de nuestro pueblo y la dignidad nacional de nuestra patria.
Hemos rechazado ahora una vez más, por medio de este Congreso representativo de la opinión puertorriqueña, toda forma de status político que no consagre la personalidad internacional de Puerto Rico, y rehusamos, por tanto, firmemente, toda medida de carácter anexionista o absorbente, ya que ello conduciría a la nacionalidad puertorriqueña y a la anulación de su derecho a la soberanía.
El pueblo de Puerto Rico reclama su derecho a soberanía en términos de amistad y confraternidad con el pueblo de los Estados Unidos. En el caso de Puerto Rico, la devoción tradicional del pueblo americano por las instituciones libres y la vida democrática coincide con el deber moral de ayudarnos a instituir nuestra República en el concierto de los pueblos libres de América. El pueblo de Puerto Rico confía en que el Congreso de Estados Unidos, que ya ha descargado sus responsabilidades contraídas por el Tratado de París del año 1898 con respecto a Cuba y las Islas Filipinas, actuará en cuanto a Puerto Rico sin más dilación, reconociendo la independencia de nuestra Isla, inspirado en el principio de que la democracia debe ser creadora de democracias.
Este Congreso, al proclamar el derecho de Puerto Rico a su independencia, demanda del pueblo y del Gobierno de Estados Unidos el reconocimiento inmediato de la plena soberanía política de nuestro pueblo.
Y para que este derecho y esta voluntad de Puerto Rico sean tenido en cuenta para todos los efectos presentes y futuros, y como un mensaje cordial y una franca demanda de justicia del pueblo de Puerto Rico al pueblo amigo de Estados Unidos, con fe en Dios y conciencia del destino supremo de nuestro pueblo.”
Esta declaración fue firmada por los siguientes además de otros 1,800 delegados: los Sres. Juan Augusto Pérez, Doctor en Ciencias Políticas y Presidente del Congreso. Vicente Géigel Polanco, Abogado y Senador. Antonio Pacheco Padró, Periodista y Secretario General del Congreso. Sergio Peña, Doctor en Medicina. Félix Benítez Rexach, Ingeniero. José Paniagua Serracante, Abogado. Rafael Soltero Peralta, Abogado y Catedrático. Carlos Carrera Benítez, Farmacéutico. Manuel Rodríguez Díaz, Secretario, Autoridad de Tierras. Antonio Santaella, Industrial. César An-dreu Iglesias, Líder Obrero. Guillermo Bauza, Abogado. Salvador Perea, Abogado. Julio García Díaz, Ex-Decano Facultad de Artes y Ciencias, Universidad de Puerto Rico. Eduardo Báez García, Representante a la Cámara. Rafael Arjona Siaca, Presidente Tribunal de Contribuciones de Puerto Rico. María Libertad Gómez, Representante a la Cámara. Rodolfo Ramírez Pabón, Juez de Distrito. J. Enamorado Cuesta, Periodista. Emilio Soler López, Comerciante. Juan Santos Rivera, Presidente Partido Comunista. Benjamín Ortiz, Comisión de Servicio Público. Carmelo J. Gorritz, Representante a la Cámara. Antonio Ayuso Valdivieso, Periodista. Manuel A. Barrero, Alcalde de Mayagüez. Carmelo Rodríguez García, Representante a la Cámara. Abelardo Casanova Prats, Abogado. Clara Lugo de Sendra, Catedrática. Ernesto Juan Fonfrías, Abogado. Felisa Rincón de Gautier, Líder del Partido Popular. Obdulio Bauza, Abogado. María Teresa Babín, Catedrática. Sigfredo Vélez, Alcalde de Arecibo. José Sáez Corales, Secretario, Confederación General de Trabajadores. Regino Cabassa, Comerciante. Rubén del Rosario, Catedrático. Manuel García Díaz, Cátedratico. Osvaldo Ramírez Torres, Catedrático. Florencio Pagan Cruz, Catedrático. Lidio Cruz Monclova, Catedrático. Enrique A. Laguerre, Catedrático. Celestina Zalduondo, Directora, Departamento de Bienestar Público. Blanca Canales, Profesora. Guillermo Carrera, Médico. Severo Ramos, Ministro. Luis García Casanova, Industrial. Antonia Lizardi, Profesora.
http://www.vozdelcentro.org/2010/01/10/los-congresos-pro-independencia-1943-y-1944/
http://puertoricoentresiglos.wordpress.com/2009/09/05/congreso-pro-independencia-proclama-1943/
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